El Concejal de la Coalición Cívica Rodolfo Knittel, haciéndose eco de nuestros reclamos por los dormideros de colectivos, presento los siguientes Proyectos de Comunicación ante el H. Concejo Deliberante:
Caseros, 30 de Junio de 2008
PROYECTO de COMUNICACIÓN: CONTROLES REALIZADOS a EMPRESAS de TRANSPORTE PUBLICO con ESTACIONAMIENTO en el MUNICIPIO.
VISTO
Que es deber y obligación de este Municipio "la prevención y la eliminación de las molestias que afectan la tranquilidad, el reposo y la comodidad de la población, en especial las de origen sonoro, así como la contaminación ambiental"; y,
CONSIDERANDO
Que vecinos de nuestra comunidad en varias oportunidades, acercándose personalmente y también a través de los medios de comunicación han presentado quejas acerca de las problemáticas que ocasionan algunas líneas de colectivos en diversas zonas del Municipio.
Que dichas quejas se basan en que las empresas de transporte público poseen predios que corresponderían para el estacionamiento y en algunos casos según, manifiestan los vecinos se realizan tareas de mantenimiento y limpieza de sus unidades fuera y dentro del predio.
Que dichas denuncias sobre las actividades que realizan las empresas como gomería, mecánica, lavado y hasta pintura interfieren negativamente en la convivencia con los vecinos lindantes, que reclaman sobre la contaminación ambiental, incluyendo las molestias sonoras.
Que corresponde a la función deliberativa velar por el tránsito de personas, vehículos públicos y privados, atendiendo en especial el ordenamiento, seguridad y estacionamiento de los mismos.
Que se desconoce si estas empresas tienen sus predios habilitados, ya que en muchos casos se encuentran sobre terrenos fiscales, y si abonan la tasa de seguridad e higiene correspondiente.
Que hay una gran cantidad de líneas de colectivos que tienen sus terminales en el distrito, pero parte de ellas no tienen recorrido (o poseen un escaso trecho) dentro del mismo.
Que algunas líneas son 328, 175, 169, 25, 84, 105, 124, 99, 104, 34, 242.
Que se instalan falsas terminales o dormideros de micros en zonas residenciales, que en la práctica funcionan como talleres mecánicos, gomerías y de suministro de combustible (ejemplo: líneas 106, 34, 109, 289, 161, 343), siendo que las 3 primeras ni siquiera circulan por nuestro Distrito.
Que desconocemos si el funcionamiento de estos dormideros tiene un costo o beneficio para el Municipio, suponiendo que por las diversas denuncias produciría costos.
Atento a esto, el concejal que suscribe, solicita de este Alto Cuerpo, la aprobación de la siguiente:
COMUNICACIÓN
Art. 1ro: El H.C.D. solicita al D.E. que envíe listado de las empresas de transporte público, que utilizan predios a manera de estacionamiento dentro del Municipio de Tres de Febrero, detallando:
a) Si poseen Habilitación Municipal y bajo que rubro figuran.
b) Razón Social.
c) Superficie en metros cuadrados del establecimiento.
Art. 2do: Asimismo informe si existe algún decreto interno que reglamente el permiso para realizar las tareas complementarias de talleres mecánicos, gomerías, de suministro de combustible, de mantenimiento y limpieza de sus unidades fuera y dentro del predio.
Art. 3ero: Se solicita al D.E, comunique sobre los controles que se realizan en los mencionados predios:
a) Actas de las últimas inspecciones municipales realizadas (Seguridad e Higiene).
b) Si existen mediciones de probables daños ambientales.
c) Actividad que realizan en el predio las empresas de colectivos antes mencionadas.
d) Si se han sancionado con infracciones (detallarlas en el informe).
Art. 4to: De forma
Caseros, 14 de marzo de 2009
PROYECTO de COMUNICACIÓN sobre: DORMIDEROS de COLECTIVOS en la LOCALIDAD de CIUDADELA
VISTO
Que según el artículo 27 inciso 19, es deber de esta concejalía la ubicación, habilitación y funcionamiento de guardacoches, playas de maniobras y de estacionamiento; y,
CONSIDERANDO
Que en la localidad de Ciudadela hay una gran cantidad de terminales o dormideros de colectivos.
Que dichas terminales no cumplen con las normativas vigentes en referencia a la limpieza de los transportes en la vía pública, estacionamiento fuera de los dormideros, carga de combustible, entre otras.
Que el estacionamiento de colectivos sobre las calles del lugar genera serios inconvenientes en el tránsito normal de los vehículos que circulan por esa zona.
Que se desconoce si todas estas líneas de transporte público tienen su correspondiente habilitación para circular por el distrito como así tampoco de sus terminales o dormideros.
Que es deber de este municipio ejercer los debidos controles e inspecciones a todas las terminales de colectivos del distrito.
Caseros, 30 de Junio de 2008
PROYECTO de COMUNICACIÓN: CONTROLES REALIZADOS a EMPRESAS de TRANSPORTE PUBLICO con ESTACIONAMIENTO en el MUNICIPIO.
VISTO
Que es deber y obligación de este Municipio "la prevención y la eliminación de las molestias que afectan la tranquilidad, el reposo y la comodidad de la población, en especial las de origen sonoro, así como la contaminación ambiental"; y,
CONSIDERANDO
Que vecinos de nuestra comunidad en varias oportunidades, acercándose personalmente y también a través de los medios de comunicación han presentado quejas acerca de las problemáticas que ocasionan algunas líneas de colectivos en diversas zonas del Municipio.
Que dichas quejas se basan en que las empresas de transporte público poseen predios que corresponderían para el estacionamiento y en algunos casos según, manifiestan los vecinos se realizan tareas de mantenimiento y limpieza de sus unidades fuera y dentro del predio.
Que dichas denuncias sobre las actividades que realizan las empresas como gomería, mecánica, lavado y hasta pintura interfieren negativamente en la convivencia con los vecinos lindantes, que reclaman sobre la contaminación ambiental, incluyendo las molestias sonoras.
Que corresponde a la función deliberativa velar por el tránsito de personas, vehículos públicos y privados, atendiendo en especial el ordenamiento, seguridad y estacionamiento de los mismos.
Que se desconoce si estas empresas tienen sus predios habilitados, ya que en muchos casos se encuentran sobre terrenos fiscales, y si abonan la tasa de seguridad e higiene correspondiente.
Que hay una gran cantidad de líneas de colectivos que tienen sus terminales en el distrito, pero parte de ellas no tienen recorrido (o poseen un escaso trecho) dentro del mismo.
Que algunas líneas son 328, 175, 169, 25, 84, 105, 124, 99, 104, 34, 242.
Que se instalan falsas terminales o dormideros de micros en zonas residenciales, que en la práctica funcionan como talleres mecánicos, gomerías y de suministro de combustible (ejemplo: líneas 106, 34, 109, 289, 161, 343), siendo que las 3 primeras ni siquiera circulan por nuestro Distrito.
Que desconocemos si el funcionamiento de estos dormideros tiene un costo o beneficio para el Municipio, suponiendo que por las diversas denuncias produciría costos.
Atento a esto, el concejal que suscribe, solicita de este Alto Cuerpo, la aprobación de la siguiente:
COMUNICACIÓN
Art. 1ro: El H.C.D. solicita al D.E. que envíe listado de las empresas de transporte público, que utilizan predios a manera de estacionamiento dentro del Municipio de Tres de Febrero, detallando:
a) Si poseen Habilitación Municipal y bajo que rubro figuran.
b) Razón Social.
c) Superficie en metros cuadrados del establecimiento.
Art. 2do: Asimismo informe si existe algún decreto interno que reglamente el permiso para realizar las tareas complementarias de talleres mecánicos, gomerías, de suministro de combustible, de mantenimiento y limpieza de sus unidades fuera y dentro del predio.
Art. 3ero: Se solicita al D.E, comunique sobre los controles que se realizan en los mencionados predios:
a) Actas de las últimas inspecciones municipales realizadas (Seguridad e Higiene).
b) Si existen mediciones de probables daños ambientales.
c) Actividad que realizan en el predio las empresas de colectivos antes mencionadas.
d) Si se han sancionado con infracciones (detallarlas en el informe).
Art. 4to: De forma
Caseros, 14 de marzo de 2009
PROYECTO de COMUNICACIÓN sobre: DORMIDEROS de COLECTIVOS en la LOCALIDAD de CIUDADELA
VISTO
Que según el artículo 27 inciso 19, es deber de esta concejalía la ubicación, habilitación y funcionamiento de guardacoches, playas de maniobras y de estacionamiento; y,
CONSIDERANDO
Que en la localidad de Ciudadela hay una gran cantidad de terminales o dormideros de colectivos.
Que dichas terminales no cumplen con las normativas vigentes en referencia a la limpieza de los transportes en la vía pública, estacionamiento fuera de los dormideros, carga de combustible, entre otras.
Que el estacionamiento de colectivos sobre las calles del lugar genera serios inconvenientes en el tránsito normal de los vehículos que circulan por esa zona.
Que se desconoce si todas estas líneas de transporte público tienen su correspondiente habilitación para circular por el distrito como así tampoco de sus terminales o dormideros.
Que es deber de este municipio ejercer los debidos controles e inspecciones a todas las terminales de colectivos del distrito.
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